Santo Domingo.Mediante una resolucion por la Suprema Corte de Justicia validó la circular número 17 emitida por la Junta Central Electoral
(JCE) en la que instruye a los oficiales civiles abstenerse de expedir y
firmar copias de actas de nacimiento a hijos de extranjeros ilegales en el país.
En la sentencia número 460, la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por Emildo Bueno Oguis el 22 de julio del año 2008, en el que sostenía que la JCE violaba la ley.
Causa
El documento establece que cuando Bueno Oguis solicitó una copia de su acta de nacimiento fue referido a la Oficina Central del
Estado Civil para fines de análisis, ya que las solicitudes de personas
cuyos padres son haitianos tenían que ser enviadas a dicha oficina, lo
que él consideró una violación a la ley.
Bueno Oguis solicitó el acta de nacimiento ante la Oficialía de Estado Civil del municipio de Esperanza, provincia Valverde
La
Suprema entendió que la Junta actuó en base a las disposiciones legales
de la Constitución de la República, ya que la misma tiene la facultad,
de acuerdo con la Ley 659, de emitir circulares y reglamentos cuando lo entienda necesario.
Asimismo,
la sentencia establece, basándose en la Constitución, que se excluye de
la nacionalidad dominicana a los hijos legítimos de los extranjeros
residentes en el país en representación diplomática, también a los que
están de tránsito para adquirir la nacionalidad por Jus Solis ni a las
madres que tienen hijos en la RD cuando viven de manera ilegal.
El
documento, firmado por los jueces Juan Luperón Vásquez, Julio Aníbal
Suárez, Enilda Reyes Pérez, Darío Fernández Espinal, Pedro Romero
Confesor y la secretaria general Grimalda Acosta, fue dado el pasado 2 de noviembre.
Medida JCE
El 29 de marzo del año 2007 la Cámara Administrativa de la Junta Central Electoral dictó la Disposición Circular número 17, en la que instruía a los oficiales del Estado Civil para que examinaran minuciosamente las actas de nacimiento al expedir copias o cualquier documento relativo a las personas con padres extranjeros que no habían probado su residencia legal en la República Dominicana.

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