SANTO DOMINGO.- La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo
ordenó que los restos del coronel Francisco Alberto Caamaño Deñó sean
trasladados al Panteón de la Patria y de inmediato el ministro de
Cltura, José Antonio Rodríguez, anunció que recurrirá el fallo.
El tribunal, presidido por el Juez Federico Fernández De La Cruz,
acogió una acción de amparo interpuesta por Nathaly Ramírez Díaz y
Claudio Antonio Caamaño Vélez contra el Ministerio de Cultura y la
Comisión de Exaltación de Caamaño Deñó.
La sentencia ordena que el traslado sea realizado en un plazo no
mayor de 15 días, contados a partir de la notificación, ya que la Ley
No.4-13 del 15 de enero del 2013 así lo dispone.
Los jueces le fijaron un astreinte de 5 mil pesos a cada uno de los
cinco miembros que integran dicha comisión por cada día de incumpliento
de la decisión a partir del vencimiento del plazo. Los recursos serán
destinados a Hogares Crea Dominicano, Inc.
Esta acción fue iniciada el siete de noviembre 2013. La Comisión de
Exaltación la integran José Antonio Rodríguez, quien la preside; Juan
Daniel Balcácer, Claudio Caamaño Grullón, Rafael Pérez y Pérez y Frank
Moya Pons.
Nathaly Ramírez expresó que este fallo crea un precedente jurídico y
abre una vía procesal para proteger el patrimonio histórico y cultural
del pueblo dominicano, entre los que se encuentra la memoria histórica.
Por su parte, Caamaño Vélez manifestó que si no hubiese sido por esta
acción de los restos de Caamaño Deñó hubiesen terminado en un osario
común.
El tribunal también estuvo compuesto por los jueces Mildred Hernández Grullón y Rafael Ciprián.
Ministro de Cultura recurrirá sentencia
Por su parte, el ministro de Cultura, José Antonio Rodríguez, anunció
que la Comisión designada por ley para la Exaltación de Francisco
Alberto Caamaño Deñó recurrirá la sentencia por ante el Tribunal
Constitucional.
“Esa sentencia es inaceptable e improcedente y es desconocedora de lo
que ha dicho la ciencia a través del órgano oficial del Estado
Dominicano competente para hacerlo, como es el Instituto Nacional de
Ciencias Forenses (INACIF)”, manifestó.
Agregó que “la Comisión Oficial designada por ley 4-13 tomó la
decisión en la seguridad de que actuó de manera correcta y atendiendo el
mandato de la ley, ya que Caamaño Deñó fue exaltado mediante un
cenotafio, en cuya lápida hay una inscripción que reza: pendiente de sus
restos”.
Añadió que conforme a lo que certificó el Instituto Nacional de
Ciencias Forenses (INACIF), luego de una investigación antropológica y
científica en general, los restos analizados no son los del Héroe
Nacional y líder de la Revolución de Abril del 1965.
El funcionario afirmó que los miembros de la comisión han actuado
apegado a la verdad y a conclusiones científicas, como era su
responsabilidad.
Advirtió que la sentencia emitida por el tribunal es imposible de
ejecutar, “porque trasladar los restos significa haber verificado
científicamente que se trasladen los de Caamaño Deñó“.

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