Washington.- La Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH) advirtió hoy a la República Dominicana de que la
sentencia que dictó su Tribunal Constitucional (TC) "no encuentra
sustento alguno en el derecho internacional", por lo que el país no
puede negarse a acatar las sentencias de la CorteIDH.
La CIDH,
organismo autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA),
condenó en un comunicado la resolución del Tribunal Constitucional que
el martes resolvió que la República Dominicana no tiene que acatar las
sentencias de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos
(CorteIDH).
El Constitucional argumentó que, en 1999, el entonces
presidente del país caribeño, Leonel Fernández, no cumplió con los
requisitos de la Constitución del país en el acto que reconocía la
competencia de la CorteIDH, porque esa adhesión no fue aprobada por el
Congreso Nacional.
La decisión del TC dominicano sigue al rechazo
por parte del Gobierno y otras instancias nacionales de una reciente
sentencia de la CorteIDH, que condena al país por deportar a haitianos y
dominicanos de origen haitiano entre 1999 y 2000.
Frente al
rechazo de la República Dominicana a acatar el veredicto de la Corte, la
CIDH advirtió de que la sentencia del Constitucional "no encuentra
sustento alguno en el derecho internacional, por lo cual no puede tener
efectos".
La Comisión argumenta que, durante los 15 años en los
que la República Dominicana aceptó las competencias de la CorteIDH, el
país puso en práctica las medidas provisionales y casos contenciosos que
dictaba la corte por violaciones a la Convención Americana.
La
CIDH cuestionó algunos de los argumentos esgrimidos por el
Constitucional, como su evocación del artículo 46 de la Convención de
Viena sobre los vicios al consentimiento, por considerarlo
"incompatible" con los principios de buena fe y de "estoppel" que deben
de presidir todos los tratados internacionales.
"En virtud del
principio del 'estoppel', un Estado que ha adoptado una determinada
posición, la cual produce efectos jurídicos, no puede luego asumir otra
conducta que sea contradictoria con la primera y que cambie el estado de
cosas con base en el cual se guió la otra parte", indicó la Comisión.
Para
la CIDH, tampoco existe base en el derecho internacional para entender
que la sentencia del Constitucional puede tener efectos en el futuro,
porque la Convención Americana no establece la posibilidad de que un
Estado que continúa siendo parte de ese tratado se desvincule de la
competencia de la Corte Interamericana.
La Convención Americana, o
Pacto de San José, es la base del mandato de la CorteIDH, por lo que
para dejar de obedecer las órdenes de ese tribunal es necesario
denunciar ese tratado.
En este sentido, la CIDH defiende que es a
la Corte, y no a los Estados, a la que le corresponde pronunciarse sobre
el alcance de su propia competencia.
De hecho, incide en que
limitar el alcance de la competencia de la Corte "sería contrario al
objeto y fin de la protección internacional de los derechos humanos".
Asimismo,
la Comisión expresó su "profunda preocupación" por el rechazo que el
Gobierno dominicano expresó contra la sentencia de la Corte sobre la
deportación de haitianos.
A su juicio, ese rechazo "contradice" el
compromiso que el Estado señala tener con el Sistema Interamericano y
con todos los actores de la comunidad internacional.
En este
sentido, acusó al país caribeño de "desconocer sus obligaciones
voluntariamente contraídas en materia de derechos humanos ante las
personas sujetas a su jurisdicción y ante todos los actores de la
comunidad internacional".
La semana pasada, durante su 153 periodo
de sesiones, la CIDH exigió a la República Dominicana que acate y
convierta en un "elemento clave" de su legislación la sentencia de la
CorteIDH.
El Gobierno dominicano alegó el sábado pasado que le resulta "inaceptable" e "imposible" acatar la exigencia.

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